Fue aprobado por mayoría en la sesión de este jueves en el Concejo Municipal de San Genaro, el proyecto para tener un sistema de becas para deportistas amateurs. Fue presentado por el Bloque de Concejales Justicialistas y votado por la mayoría de los concejales para ser aprobado.
Cabe destacar que ante la ausencia de la presidenta del cuerpo legislativo, Paola Rasadore, los ediles justicialistas tuvieron la mayoría en el concejo consiguiendo tres votos afirmativos para promulgar esta ordenanza. En tanto, Martín Bianchini e Irene Ventura, pertenecientes a la Unión Cívica Radical, se abstuvieron de votar.
El principal fin de esta ordenanza es que se impulse a los jóvenes a la práctica de las disciplinas deportivas con mayor dedicación y compromiso. Además esta beca será un incentivo para deportistas amateurs destacados y servirá para proporcionar apoyo en entrenamiento, equipo, servicios, instrucción, información nutricional y estímulos para aquellos jóvenes que siendo buenos deportistas merecen éste sostenimiento para continuar mejorando su nivel de excelencia deportiva.
El sistema de becas deportivas consiste en la entrega de una ayuda económica mensual a los deportistas de diferentes disciplinas, renovable cada 6 meses, a fin de solventar gastos de indumentaria, elementos personales específicos de la disciplina, y cualquier otro gasto generado por la práctica deportiva.
Las becas estarán destinadas a deportistas que se destaquen en los distintos niveles a saber: local, provincial, nacional e internacional en las siguientes disciplinas: Individuales: Aeróbica – Ajedrez – Arquería – Atletismo – Bochas – Boxeo – Canotaje – Ciclismo – Gimnasia – Golf – Esgrima – Judo – Karate – Lucha – Nado Sincronizado – Natación – Padel – Patín – Pelota a Paleta – Pesas – Remo – Squash – Taekwondo – Tenis Criollo – Tenis de Mesa – Tenis Inglés – Tiro – Triatlón / Duatlón – Vela – Motociclismo – Automovilismo – Motocross. Conjunto: Básquetbol – Faustball – Fútbol – Hockey – Nado Sincronizado – Polo Acuático – Rugby – Voleibol.
VISTO: La necesidad de contar con un sistema de BECAS PARA DEPORTISTAS AMATEURS que impulse a los jóvenes a la práctica de las disciplinas deportivas con mayor dedicación y compromiso, y
CONSIDERANDO: Que, la posibilidad de tener una BECA será un incentivo para deportistas amateurs destacados y servirá para proporcionar apoyo en entrenamiento, equipo, servicios, instrucción, información nutricional y estímulos para aquellos jóvenes que siendo buenos deportistas merecen éste sostenimiento para continuar mejorando su nivel de excelencia deportiva. Que, el otorgamiento de dicho beneficio económico facilita y posibilita a los deportistas amateurs a prepararse física y técnicamente para participar de eventos deportivos de alto rendimiento. Que, el deporte es uno de los medios que posibilita el crecimiento personal de las personas, generando un entusiasmo que permita la superación continua de los deportistas locales, que consiguen ser profesionales a través del esfuerzo Que, anualmente este Honorable Concejo Municipal reconoce a deportistas que se destacan en diferentes disciplinas a nivel local, provincial, nacional e internacional; y que necesitan de un apoyo económico para llegar a ser profesionales en el futuro. Que, muchas veces las instituciones deportivas de la ciudad han sido formadores de estos deportistas y en la mayoría de los casos no cuentan con fondos económicos para acompañar un mejor desarrollo deportivo que permita lograr un nivel profesional.
POR todo ello, el BLOQUE DE CONCEJALES PJ Propone el siguiente PROYECTO DE ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Créase el sistema de BECAS DEPORTIVAS, que consiste en la entrega de una ayuda económica mensual a los deportistas de diferentes disciplinas, renovable cada 6 meses, a fin de solventar gastos de indumentaria, elementos personales específicos de la disciplina, y cualquier otro gasto generado por la práctica deportiva.
ARTÍCULO 2º: Las BECAS DEPORTIVAS serán otorgadas a los deportistas que por su desempeño en el año anterior, de acuerdo a sus méritos y dedicación, acrediten fehacientemente su participación periódica en torneos y competencias internacionales, nacionales, provinciales y locales. Esta beca estará destinada a cada deportista para su uso en indumentaria o implementos necesarios para entrenamiento, pago de gimnasio de musculación, para mejorar su alimentación y/o control médico, o para resolver pequeños gastos los días de participación deportiva.
ARTÍCULO 3º: Se dará prioridad a aquellos postulantes con mayores dificultades económicas.
ARTÍCULO 4º: Las becas estarán destinadas a deportistas que se destaquen en los distintos niveles a saber: local, provincial, nacional e internacional en las siguientes disciplinas: DEPORTES INDIVIDUALES: Aeróbica – Ajedrez – Arquería – Atletismo – Bochas – Boxeo – Canotaje – Ciclismo – Gimnasia – Golf – Esgrima – Judo – Karate – Lucha – Nado Sincronizado – Natación – Padel – Patín – Pelota a Paleta – Pesas – Remo – Squash – Taekwondo – Tenis Criollo – Tenis de Mesa – Tenis Inglés – Tiro – Triatlón / Duatlón – Vela – Motociclismo – Automovilismo – Motocross. DEPORTES DE CONJUNTO: Básquetbol – Faustball – Fútbol – Hockey – Nado Sincronizado – Polo Acuático – Rugby – Voleibol.
ARTÍCULO 5º: El monto de la Beca mensual será el equivalente a 300 UT por deportista para competencias regionales y provinciales; y de 1000 UT por deportista para competencias nacionales e internacionales.
ARTÍCULO 6º: Serán requisitos para la adquisición de la Beca: 1. Ser argentino nativo o nacionalizado. 2. Poseer una residencia mínima de 2 (dos) años en la ciudad de San Genaro. 3. Ser deportista de las categorías juveniles y mayores, de 12 años de edad en adelante. 4. Ser deportista amateur.
ARTICULO 7º: Crease una Comisión de Otorgamiento y Seguimiento de Becas Deportivas de San Genaro, que se integrará por representantes del Departamento Ejecutivo, representantes del Honorable Concejo Municipal y deportistas locales de reconocido desempeño; la cual deberá evaluar de cada aspirante entre otras cosas, el rendimiento deportivo, el comportamiento disciplinario y la dedicación por el deporte que desempeña. Asimismo en forma excepcional, cuando el caso particular lo amerite, podrá realizar consideraciones especiales. Será la única autoridad que tomará la decisión de asignarle o no la BECA.
ARTÍCULO 8º: Para la solicitud de la Beca deberá ser presentada la siguiente documentación: 1. Nota elevada a la Comisión de Otorgamiento y Seguimiento de Becas, donde figure el pedido y los antecedentes deportivos. a) En la nota de pedido deberá constar el rendimiento deportivo correspondiente al año anterior al pedido de la beca. b) En caso de nivel nacional e internacional, el aval deberá ser de la Confederación o Federación Deportiva correspondiente, mediante la solicitud de la Asociación local. 2. Recibos de sueldos o declaración jurada de ingresos del grupo familiar directo. 3. Documentación que acredite los años de residencia en la ciudad.
ARTÍCULO 9º: La beca deportiva puede cesar por: 1. Cambio de Domicilio o traslado fuera de la ciudad. 2. Sanción disciplinaria de la Asociación o Federación correspondiente. 3. No cumplimiento de lo establecido en la presente ordenanza. 4. Abandono de la práctica deportiva. Los deportistas que interrumpan la práctica deportiva deberán informar a la Comisión de Otorgamiento y Seguimiento de Becas y también cesará este beneficio.
ARTÍCULO 10º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal disponer las adecuaciones presupuestarias correspondientes para hacer efectivo el pago de las Becas Deportivas Municipales creadas en el art. 1° del presente proyecto.
ARTICULO 11º: El Departamento Ejecutivo Municipal reglamentará, dentro de los TREINTA (30) días de promulgada la presente, la documentación que deberán cumplimentar y toda otra cuestión necesaria para el funcionamiento del “PROGRAMA DE BECAS PARA DEPORTISTAS AMATEURS”.
ARTÍCULO 12º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
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