Desde hace dos meses que la región se mantiene en alerta luego de que Info Más hiciera públicos los trabajos de una empresa dedicada al procesamiento de desechos industriales en un campo a la vera de la Ruta Provincial 10.
A partir de ese caso y de todo lo derivado con presentaciones, reuniones y manifestaciones, el senador provincial por el Departamento San Jerónimo, Danilo Capitani, presentó la semana pasada un proyecto de Ley donde se avanza en la disposición final de los residuos considerados no peligrosos en el ámbito de la provincia de Santa Fe y su necesidad de mayores controles.
Entre otras cosas, la iniciativa solicita la participación de entes regionales como el GIRSU, en el control de estos emprendimientos, así como también la realización de audiencia públicas obligatorias donde los vecinos y asociaciones puedan manifestarse y dar su opinión previo a la radicación de la empresa y su funcionamiento.
El texto define como Residuos No Peligrosos Industriales o de Actividades de Servicios a aquellos residuos en estado físico sólido, semisólido y, líquido o gaseoso contenidos, generados en actividades, procesos u operaciones industriales o de servicios, que resultan de la utilización, descomposición, transformación de la materia o energía, que carece o se infiere que carece de valor o de utilidad para el generador y en su caso, el dueño, y su destino natural deberá ser su eliminación, valorización o utilización en otros procesos.
En el articulado del proyecto se establece que “las personas físicas o jurídicas generadoras de Residuos No Peligrosos Industriales o de Actividades de Servicios, deberán proceder a la gestión de los mismos, a través del Plan de Gestión Ambiental contenido en el Informe Ambiental de Cumplimiento de la empresa, en el marco de los Decretos Provinciales N° 0101/03 y N° 2151/2014, o los que en el futuro los reemplacen.
Se indica además que “el Ministerio de Medio Ambiente será la autoridad de aplicación de la presente ley, quedando facultado a dictar las normas complementarias que requieran su instrumentación. Y a su vez el artículo 4 del proyecto faculta a los Entes Regionales ya creados o por crearse, como ser Consorcios Regionales, Agencias Regionales de Desarrollo, Comités de Cuenca o Entidades de características similares, que sean avalados por ordenanza de los Municipios y Comunas a las que representen, a actuar como Sujetos de control del cumplimiento de esta normativa, en su ámbito de influencia, conforme a las previsiones de la presente ley.
Además la norma prevé la realización de una Audiencia Pública Obligatoria con carácter previo a la autorización de proyectos de disposición final de este tipo de residuos que, por su magnitud y significación, tengan trascendencia permanente y general para la población de la Provincia o de la región donde vaya a desarrollarse el proyecto. Las opiniones vertidas en las Audiencias Públicas tendrán carácter no vinculante.
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