El Gobierno de la provincia de Santa Fe inició la inscripción al Plan de Asistencia Financiara no reembolsable para sectores productivos y clubes, a los titulares de establecimientos, locales y servicios que no hayan sido incorporados en ninguna de las medidas económicas nacionales y provinciales de apoyo al sector productivo, y que no fueron exceptuadas en ninguno de los decretos nacionales y provinciales del aislamiento social, preventivo y obligatorio de la emergencia Covid-19.
Los rubos alcanzados son gimnasios, centros de pilates y yoga, salas de baile y danzas, escuelas de artes marciales, boxeo, canchas de fútbol 5 y paddle, peloteros, salones privados de eventos, transportes escolares, escuelas de conductores, jardines maternales no oficiales, talleres y salas culturales, y otros rubros que la autoridad de aplicación considere.
Cuáles son los requisitos que deben cumplir?
– No encontrarse en ninguna de las actividades exceptuadas y en funcionamiento
– Registrar facturación nula desde el 20 de marzo al 31 de mayo de 2020
– No haber obtenido asistencia económica o crediticia de ninguna de las siguientes medidas económicas adoptadas por los gobiernos nacional y provincial: asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP); créditos para monotributistas a tasa 0%; crédito bancario con la tasa del 24% para pago de salarios o capital de trabajo; crédito no bancario de mutuales al 24% en convenio con el gobierno provincial; y crédito con agencia o asociación para el desarrollo al 13%.
¿Cómo hacer la solicitud?
Las solicitudes se harán a través de la página web del Gobierno de Santa Fe, www.santafe.gob.ar, en los links de Coronavirus, completando los formularios respectivos, debiendo incluir todos los datos solicitados; o haciendo click aquí
La aprobación de las solicitudes se realizará luego del cruce de datos con la Afip, con API, y con demás organismos que disponen de información para tales fines, además de la colaboración que se solicitará a los municipios, comunas y entidades del sector comercio y servicios radicados en las localidades donde tengan asiento los solicitantes.
La confirmación de aprobación o rechazo del trámite de solicitud, se realizará vía e-mail a la casilla de correo electrónico informada en el formulario.
En el contenido se determinará si fue aprobada o rechazada, y en el primer caso el monto asignado de acuerdo a la evaluación de los requisitos y criterios de escalas que se detallan en las bases y condiciones, click aquí
Para solicitar más información enviar mail a asistenciacovid@santafe.gov.ar
Fuente: AiredeSantaFe