La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informó que hasta el viernes 24 de diciembre estará habilitado el plazo para justificar la no emisión del voto correspondiente a las elecciones nacionales celebradas el pasado 26 de octubre.
El trámite puede realizarse de manera virtual, ingresando al sitio infractores.padron.gob.ar
, donde las personas podrán consultar si figuran como infractoras y, en ese caso, cargar la documentación que justifique su ausencia o abonar la multa correspondiente.
También es posible realizar la gestión presencialmente en cualquiera de las sedes y oficinas descentralizadas de la Defensoría del Pueblo, tanto en Rosario (Pasaje Álvarez 1516) como en Santa Fe (San Jerónimo 2721). Los domicilios de las delegaciones pueden consultarse en www.defensoriasantafe.gob.ar/delegaciones.
Según lo establece el Código Electoral Nacional, están exceptuados de votar:
- Los jueces y auxiliares que debieron mantener abiertas sus oficinas durante el acto comicial.
- Quienes se encontraban a más de 500 kilómetros de su lugar de votación y puedan acreditarlo.
- Las personas enfermas o imposibilitadas por fuerza mayor debidamente justificadas.
- El personal de servicios públicos que debió trabajar durante el desarrollo de los comicios.
Para cada caso deberán presentarse certificados o constancias que respalden la justificación: policiales para quienes estaban fuera del distrito, médicos para los enfermos y laborales para el personal judicial o de servicios públicos.
Las personas mayores de 18 y menores de 70 años que no justifiquen su inasistencia deberán pagar una multa y serán incorporadas al Registro de Infractores al Deber de Votar. Además, no podrán ocupar cargos públicos durante tres años ni realizar trámites ante organismos estatales por un año en caso de no abonar la sanción.















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