San Genaro: el Concejo aprobó una moratoria para infractores de tránsito

En la sesión de este jueves del Concejo Municipal de San Genaro fue aprobada la ordenanza vinculada a generar una moratoria para infracciones de tránsito y el recupero de los bienes secuestrados.

Este proyecto fue presentado por los ediles del Bloque Justicialistas y ya entrará en vigencia luego de su aprobación, siempre y cuando el ejecutivo no disponga lo contrario.

La idea de esta ordenanza es contemplar situaciones que están fuera de la norma jurídica y lograr que se respeten los derechos de los ciudadanos, en una equilibrada convivencia, y que el sistema de multas de tránsito no sea sólo un mero mecanismo recaudatorio que no sirve para modificar conductas sino para perjudicar a ciudadanos, que si bien han cometido un error, tiene que encontrar la fórmula para reparar éste y no reincidir a futuro.

En tanto, la moratoria tendrá vigencia hasta un año desde su promulgación y quienes estén en condiciones de acogerse a la misma, podrán saldar el importe total de la multa con una entrega inicial de pesos mil ($ 1000.-) y el saldo en hasta 18 cuotas mensuales, iguales, consecutivas y sin intereses, previo cumplimiento de diferentes requisitos que se vinculan a la reglamentación del vehículo.

Por lo tanto, los bienes que actualmente se encuentren en custodia municipal o policial y que hayan sido retenidos, podrán recuperarlos quienes acrediten ser sus legítimos dueños. Además deberá acreditar haber cancelado las multas al contado o haber suscrito la moratoria que esta Ordenanza está implementando con los requisitos establecidos, acreditando el pago inicial de mil pesos ($1000).

 

ORDENANZA APROBADA:

VISTO: La necesidad de los contribuyentes de regularizar las deudas por multas de tránsito. La necesidad de una urgente resolución del problema que representa los vehículos y motos secuestradas por la Municipalidad de San Genaro por infracciones.

CONSIDERANDO: Que no es intención de este proyecto avalar conductas que están fuera de las normas de convivencia ciudadana o que infringen las Ordenanzas Municipales, todo lo contrario, la idea es contemplar situaciones que están fuera de la norma jurídica y lograr que se respeten los derechos de los ciudadanos, en una equilibrada convivencia, y que el sistema de multas de tránsito no sea sólo un mero mecanismo recaudatorio que no sirve para modificar conductas sino para perjudicar a ciudadanos, que si bien han cometido un error, tiene que encontrar la fórmula para reparar éste y no reincidir a futuro, pero no al precio de perder el bien que tanto sacrificio les cuesta obtener y que en muchos casos se encuentran aun pagando en cuotas. Que es una situación social de hecho, que el estado no debe soslayar y debe aportar elementos para la búsqueda de una solución para los ciudadanos y logren la modificación de conductas y comportamientos que provocan infracciones, pero sin que esto se convierta en un castigo que afecte la propiedad privada al punto tal que el ciudadano se vea comprometido en sus ingresos por no poder desempeñar su débito laboral al verse limitado por la prohibición de usar lo que le es propio y obviamente, no poder adquirir en el mercado una nueva unidad. Que en virtud de ello consideramos que sería justo y equitativo, como así mismo daría solución a un problema social y al de la ubicación física de los vehículos y las motos secuestradas que cada día se agrava más sin encontrar una salida viable al mismo por parte del estado municipal, que se planteara la posibilidad de dar una amplia moratoria a los infractores y poder permitir, previo pago de un importe para retirar su vehículo o motovehículo, haber dado solución al problema que diera origen a que se le labrara el acta respectiva y se dispusiera el secuestro de los mismos. Que sabemos y estamos conscientes que los controles contribuyeron positivamente a solucionar problemas de accidentes y de ilícitos en motos, pero también debemos sincerarnos y reconocer que ha llegado el momento de aportar soluciones para aquellos que daban buena utilidad a los autos y las motos pero aunque eran irresponsables en su uso, pueden ser depositarios de una oportunidad para demostrar que pueden cambiar y llegar a ser ciudadanos comprometidos con la legislación vigente y que a su vez, quieren mejorar la seguridad del tránsito en la Ciudad de San Genaro. Que es necesario evitar la acumulación de bienes retenidos, secuestrados o decomisados en depósitos judiciales, dado su alto costo de custodia y conservación, la contaminación ambiental que ello provoca, el deterioro que sufren los bienes. Son muchísimas las unidades que se encuentran radicadas en los depósitos, algunas de ellas desde hace mucho tiempo, y el Ente Municipal debe garantizar al resto de la población un ambiente sano, limpio y agradable, sin focos de contaminación.

POR ELLO: LOS CONCEJALES DEL BLOQUE JUSTICIALISTA, PROPONEN LA SIGUIENTE: O R D E N A N Z A

ARTÍCULO PRIMERO: Establécese una moratoria para todas las infracciones de tránsito, y el recupero de los bienes secuestrados.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Moratoria establecida en el artículo anterior, tendrá vigencia hasta un año desde su promulgación y quienes estén en condiciones de acogerse a la misma, podrán saldar el importe total de la multa con una entrega inicial de pesos mil ($ 1000.-) y el saldo en hasta -18- cuotas mensuales, iguales, consecutivas y sin intereses, previo cumplimiento de los siguientes requisitos, además de los ya establecidos por la legislación vigente en la materia: a.- El Titular del vehículo o motovehìculo, al momento de iniciar el trámite de recupero de su unidad, deberá acreditar fehacientemente que ha solucionado el problema que motivara el Acta labrada que originó la sanción; b.- Será requisito sine qua non para acceder al beneficio de esta moratoria aportar la documentación correspondiente acreditando derecho real sobre los bienes a retirar. Las cuotas vencerán los días doce de cada mes, trasladándose al inmediato posterior en caso de ser sábado, domingo o feriados. Las cuotas impagas devengaran un interés resarcitorio igual al que aplica el municipio para el resto de las tasas. Cuando se constate tres cuotas impagas consecutivas o alternadas, se dejara caduca la moratoria, intimando al pago de la totalidad de la deuda regularizada.

ARTICULO TERCERO: En el caso de bienes que actualmente se encuentren en custodia municipal o policial y que hayan sido retenidos, podrán recuperarlos quienes acrediten ser sus legítimos dueños. Además deberá acreditar haber cancelado las multas al contado o haber suscripto la moratoria que esta Ordenanza está implementando con los requisitos establecidos, acreditando el pago inicial de mil pesos ($1000).

ARTÍCULO CUARTO: De Forma.

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