Luego de la intervención en la Comuna de Maciel en medio de la gestión de Pedro Tobozo, las nuevas autoridades realizaron un informe de gestión para «conocer la real situación en la que se encuentra la administración comunal de Maciel».
El pasado martes 12 de marzo, el Dr. Mario Drovetta, fue designado como interventor comunal. Acompañado por el grupo de profesionales de la
Secretaria de Regiones Municipios y Comunas que lo asesoran, se realizó un informe acerca de la situación actual.
Entre los puntos del mismo se destacan la falta de confección de los balances mensuales de tesorería, de la ordenanza presupuestaria, falta de obras públicas, desorden administrativa, deudas, entre otros.
En el primero de ellos se hizo mención a que el Tesorero Comunal en funciones antes de la intervención, (Néstor Severo) poseía bloqueada su firma sobre las cuentas oficiales en el NBSF, «debido a un intento de exclusión», realizado algunos miembros de la Comisión, decidido en reuniones realizadas sin respetar el quorum legal y resuelto sin las mayorías legales.
INFORME SITUACIÓN COMUNA DE MACIEL (OFICIAL)
INTERVENCIÓN DECRETO N.º 449/19
Siendo el día martes 12 de marzo de 2019, tomando posesión el señor interventor Dr. Mario Drovetta, y el grupo de profesionales de la Secretaria de Regiones Municipios y Comunas que lo asesoran, se pudo tener conocimiento de la real situación en la que se encuentra la administración comunal de Maciel, de la que se puede destacar los siguientes aspectos:
Funcionamiento de la Comisión Comunal:
- El Tesorero Comunal en funciones antes de la intervención, poseía bloqueada su firma sobre las cuentas oficiales en el NBSF, debido a un intento de exclusión, realizado algunos miembros de la Comisión, decidido en reuniones realizadas sin respetar el quorum legal y resuelto sin las mayorías legales.
- Falta de confección de los balances mensuales de tesorería.
- No existencia de Ordenanza Presupuestaria y su consecuente Ejecución Presupuestaria.
- La Ordenanza Tributaria se encuentra desactualizada en los montos, que nunca fue tratada en comisión lo que genera una pérdida de ingresos a las arcas comunales.
- Inexistencia de obras públicas locales durante el último año, disponiendo fondos acreditados en cuenta comunal por la Ley 12.385 (Obras Menores) pero sin tener registros administrativos de la obra a realizar.
- Existencia de juicios contra la Comuna por moobbing laboral, sin que se la comuna tenga representación en los juicios por un abogado.
- Falta de rendiciones de cuenta del Fondo Federal
Personal:
- Falta de pago de los haberes correspondientes al mes de febrero de 2019.
- Errónea liquidación de los haberes, respecto a la asignación de categorías, adicionales y suplementos.
- Ilegalidad manifiesta de Actos Administrativo de nombramiento de personal permanente, contratos de personal no permanente e inexistencia de contrato con personal “eventual”, dado que el ingreso no se efectuó por Concurso.
- Carencia de legajo del Personal con antecedentes y contingencias.
- Deuda con Profesionales de la Salud (médicos clínicos, pediatras, psicólogos, etc) que prestan servicios en el Centro Asistencial local, los que a su vez no tienen contrato de locación de servicio que los una con la Comuna.
- Falta de Ordenanza que establezca la estructura orgánica del personal comunal, que establezca las misiones y funciones del mismo.
- Personal contratado “en negro” y “de palabra” que prestan servicios para la comuna.
- Deuda de la cobertura riesgo de trabajo ART del personal comunal.
- Incumplimiento en la presentación las declaraciones juradas de aportes previsionales a la Caja de Jubilaciones de la Provincia.
- Pase a Planta permanente por
Funcionamiento administrativo:
- Inexistencia de libro de registro de ordenanzas y de resoluciones.
- Incompleto libro de Acta de reuniones de comisión.
- Desorden administrativo: ineficiente archivo de documentación administrativa en lo relativo a legajos del personal, notas ingresadas, carpeta de ordenanzas -se encontraban suelta sin
- Deuda con el preveedor encargado de la disposición final de la basura.
- Incumplimiento de pago del Fondo de Asistencia Educativa, corres de varios meses del 2018 y lo que va del 2019.
- Inexistencia de registros contables,, balances y presupuesto.
*En la administración de una Comunas, tomada la decisión por la Comisión, la Ordenanza debe firmarse por el Presidente Comunal (como representante legal de la Comuna) y la Secretaria/o Administrativa, quien como jefa de despacho avala los aspectos formales (número de acto, lugar que se dicto y registro del mismo). Todas estas formalidades hacen a la validez del acto que se dicta.















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