El presidente Alberto Fernández anunció que se aplicarán protocolos sanitarios de actuación diferenciados en la geografía del país según los cuales en las ciudades donde se presenta circulación comunitaria del coronavirus se mantendrá el aislamiento social, preventivo y obligatorio que rige hasta el momento.
En tanto, en gran parte de las provincias, entre las cuales se encuentra Santa Fe, entrará en una nueva fase de distanciamiento social, que implica la posibilidad de realizar actividades sociales y laborales con rigurosos controles.
Así, hasta el 28 de junio inclusive en el Amba, todo Chaco menos en el departamento de San Fernando, en el Gran Córdoba, en algunas ciudades de la provincia de Río Negro y en Trelew, provincia del Chubut, la situación se mantendrá como hasta ahora: cada persona debe quedarse en su domicilio, solo pueden desplazarse para hacer compras básicas, para realizar trabajos exceptuados o tareas especialmente autorizadas.
¿Qué implica el distanciamiento social obligatorio?
- Las personas podrán circular, trabajar y realizar sus actividades siempre y cuando guarden siempre dos metros de distancia con otra persona.
- Será obligatorio el uso del tapabocas así como la permanente higiene de manos y respiratoria, la ventilación de los ambientes y la desinfección de superficies.
- Este fin de semana comenzarán a permitirse encuentros familiares y de afectos. Será sábados y domingos de 9 a 19, con no más de 10 personas. Se puede visitar a familiares de localidades “de cercanía”.
- Desde el lunes se permitirá la actividad gastronómica de bares y restaurantes, algunos deportes individuales y que no impliquen contacto, gimnasios y la posibilidad de salidas para caminar y correr. Aún no está reglamentado.
- Las actividades que, a partir de ahora, se realicen con distanciamiento social obligatorio no podrán exceder las diez personas en espacios cerrados o el 50 por ciento de ocupación de la capacidad total del lugar, siempre respetando los dos metros de distancia.
- Están prohibidos los eventos públicos y privados, cines, teatros, clubes, centros culturales, transporte público de pasajeros interurbanos salvo para el caso de trabajadores esenciales, y la actividad turística.
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