En horas del mediodía de este martes imputaron al conductor de Oliveros tras el fatal accidente ocurrido en Ruta 11, en el cual falleció un joven de Gaboto, y otros dos resultaron heridos. Se solicitó la prisión preventiva efectiva pero el juez, dispuso la prisión domiciliaria. Los resultados toxicológicos de alcohol y drogas dieron negativos.
En la audiencia llevada a cabo en los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, el Fiscal Dr. Leandro Lucente le atribuyó al identificado como B.A.D el delito de Homicidio culposo en accidente de tránsito agravado por exceso de velocidad, violando el sentido de circulación vehicular, y con culpa temeraria y Lesiones leves culposas, (dos hechos) y todos en concurso ideal.
Por eso, solicitó la prisión preventiva efectiva por 60 días y la inhabilitación provisoria para conducir cualquier tipo de vehículo por el plazo de 6 meses. El Juez de primera instancia Dr. Gazza tuvo por formalizada la audiencia y dispuso la prisión preventiva con modalidad domiciliaria del imputado por el plazo de 60 días.
Además de ello, una caución real consistente en un inmueble, cuyo embargo procederá inmediatamente una vez que la presente resolución adquiera firmeza; también restricciones, la prohibición de acercamiento y/o contacto, por sí o interpósita persona y por cualquier medio, respecto de las víctimas y/o los familiares de las mismas, por el plazo de la medida cautelar atenuada impuesta; y la inhabilitación provisoria para conducir respecto del justiciable, por el plazo de 6 meses.
La Fiscalía le atribuyó a B.A.D el hecho ocurrido el sábado 27 de abril de 2024 a las 6.25am aproximadamente, en Ruta Nacional 11, por calle Buenos Aires en zona urbana de Oliveros, cuando el imputado conducía su Pick-Up Ford Ranger en sentido Norte-Sur.
Previo a llegar a la intersección con calle Jujuy, haber invalidado el carril contrario para efectuar un sobrepaso faltando al deber de cuidado al no haber advertido que en la mano contraria venía circulando en forma reglamentaria otro vehículo.
Así el imputado continuó por dicho carril en sentido prohibido, conduciendo en forma recta a gran velocidad (excediendo en más de 30km la máxima de 60km permitida) y producto de la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de dicho vehículo por las circunstancias referidas, sumado a que se trataba de un tramo recto que contaba con iluminación artificial y con plena visión del vehículo que circulaba por mano contraria, todo lo cual configura culpa temeraria.
En ese momento, impactó contra la Pick-Up Ford F-100 la cual circulaba con sus luces encendidas en sentido Sur a Norte por el carril correspondiente, siendo conducida por Matías Vera y como acompañantes L.Q y U.M, provocando el imputado una colisión frontal que le provocó el fallecimiento a la víctima Matías Vera por politraumatismos graves.
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