La Justicia expulsó de Puerto Gaboto a los abusadores liberados

En un fallo sin precedentes, la Justicia dictó la prohibición de acercamiento de dos de los tres abusadores de las hermanitas de Puerto Gaboto. Los mismos se encuentran libres y viviendo en la localidad, pero ahora deberán irse. El tercero continúa en prisión.

El Juzgado de 1ra Instancia de Familia de San Lorenzo hizo lugar al pedido del abogado Sebastián Darrichón y resolvió la “prohibición de permanecer, transitar, residir o ingresar a la localidad de Puerto Gaboto, debiendo ser retirados de la misma por personal policial que deberá corroborar su efectiva salida, y la prohibición de acercamiento en un radio de 200 kilómetros de dicha localidad”.

Ante esto, Gastón Alberto Yglesias y Gastón Maximiliano Acuña, condenados por delitos sexuales contra 5 niñas de Puerto Gaboto, deberán irse y no podrán regresar a Puerto Gaboto. El fallo es contundente y agrega la “prohibición de acercamiento a 200 metros de cualquier lugar al que concurran las víctimas”. Deberán abstenerse de incurrir en cualquier acto de hostigamiento, difamación o molestia hacia las mencionadas”.

“Este fallo le devuelve a las víctimas de violencia sexual la confianza en el Estado. Es la contención a través del aparato judicial”, explicó a Info Más el abogado defensor de las víctimas, Dr Sebastián Darrichón.

Por otra parte, se ordenó al personal de la Comisaría 12da de Puerto Gaboto, que notifique a los demandados y “acompañarlos o trasladarlos a la salida de la localidad”. A su vez, deberán realizar rondas de custodia periódica por los domicilios. Vale destacar que tampoco tiene esta medida un límite temporal ya que el Juzgado plantea que “no caducan en el tiempo salvo disposición en contrario del mismo Juzgado”.

Ambos condenados quedaron libres el pasado martes 16 de abril y eso generó una gran conmoción en la localidad, que se movilizaron en el pueblo y juntaron firmas para pedir lo que finalmente este jueves la Justicia les otorgó. Alberto Gastón Iglesias y a Gastón Acuña fueron absueltos por “prescripción de la ley penal”, por los delitos sexuales cometidos contra Iara P, Bianca P, y Vanesa P.. Es decir, fueron encontrados culpables de los delitos en primera instancia, pero por el tiempo transcurrido y la ley vigente al momento de cometer los actos, no se los puede juzgar y en segunda instancia fueron liberados.

Los abusadores volvieron al pueblo y viven a pocas cuadras de sus víctimas, generando una situación de revictimización y miedo que afectó a las chicas. “Comprobados los hechos que realmente ocurrieron después de las audiencias de debate, se aplicó una ley anterior a la del 2015, que era la que prevé que los delitos contra la integridad sexual, la prescripción empiece a correr desde que la víctima alcance la mayoría de edad o desde la denuncia.  Las tres personas están condenadas”, sostuvo Darrichón.

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