Un hombre de 31 años identificado como Miguel Alberto Quintana fue condenado a 10 años de prisión por haber abusado sexualmente de dos hijas de una mujer que era su pareja en Coronda y Arocena.
La sentencia fue dispuesta por el juez Lisandro Aguirre en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
El fiscal Marcelo Nessier realizó la investigación y representó al MPA en la audiencia en la que se impuso la condena.
Convivencia
Nessier indicó que “Quintana atentó contra la integridad sexual de las víctimas en reiteradas oportunidades entre 2017 y 2022”, y especificó que “cuando sufrieron los primeros abusos, ellas transitaban su escolaridad primaria”. Según precisó, “el condenado llevó adelante su accionar delictivo en el marco de la convivencia que mantuvieron en viviendas ubicadas en la zona rural de Coronda y en el casco urbano de Arocena”.
“El agresor aprovechaba los momentos en los que su pareja no estaba en la casa para vulnerar a las niñas”, señaló el fiscal. “Además, con el objetivo de procurar su impunidad, a cada una de las víctimas le decía que le haría daño a su hermana si alertaba a alguien sobre las prácticas sexuales a las que la sometía”, remarcó.
Asimismo, remarcó que “los ataques sexuales fueron cometidos en un contexto de violencia de género, en el que Quintana impuso su superioridad física sobre las hijas de su pareja”, y agregó que “menoscabó así el normal y progresivo desarrollo sexual de las niñas”.
Nessier también valoró que “una de las personas que padecieron los abusos logró hablar sobre el tema con una mujer que es la actual pareja de su padre”, y detalló que “al enterarse, él radicó la denuncia que dio origen a la investigación”. En cuanto a la otra víctima, el fiscal destacó que “pudo contar su propia experiencia tras escuchar el relato de su hermana”.
Responsabilidad penal
Por los ilícitos cometidos en perjuicio de las dos víctimas, Quintana reconoció expresamente su responsabilidad penal como autor de abuso sexual con acceso carnal, abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización y abuso sexual simple, agravados (por la guarda y la convivencia preexistente). A su vez, admitió la autoría de amenazas coactivas en un contexto de violencia de género.
Junto con su abogado defensor, el condenado aceptó la atribución delictiva realizada por la Fiscalía, la pena a 10 años de prisión y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.
Por su parte, el padre de las víctimas fue notificado sobre lo dispuesto y manifestó su confirmadad.
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