Un juez de familia de San Lorenzo dictó un fallo que obliga a dos hombres a abonar una cuota alimentaria de $900.000 cada uno para el cuidado de su madre, quien atraviesa un cuadro de demencia vascular.
La decisión fue tomada tras el reclamo de su hija, quien denunció la falta de atención y cuidados hacia la madre, situación que la llevó a asumir por completo los costos de la atención de la mujer.
La hija explicó que su madre, debido a su condición de salud, no puede permanecer sola en su hogar, lo que obligó a la familia a contratar personal especializado para su cuidado las 24 horas. Este gasto ha generado una carga económica insostenible para ella, que además debe cubrir los gastos médicos y la compra de medicamentos.
La mujer recibe una pensión mensual de $1.825.000, producto de su jubilación y el alquiler de dos propiedades, monto que destina íntegramente a cubrir estos costos esenciales.

El juez Marcelo Escola, responsable de la resolución, señaló que la obligación alimentaria entre parientes tiene una naturaleza asistencial y está fundamentada en la solidaridad familiar. Asimismo, hizo un llamado a la mediación y al diálogo entre los familiares para tratar de resolver sus diferencias y alcanzar el bienestar de la madre y de todos los involucrados.
Por su parte, los dos hermanos demandados rechazaron el fallo y propusieron la posibilidad de que su madre sea internada en una institución especializada en lugar de continuar con el régimen de cuidados en el hogar.
El caso ha generado debate en la comunidad sobre las responsabilidades familiares y la solidaridad intergeneracional, en un contexto donde muchas familias se enfrentan a la compleja situación de la atención a los adultos mayores.