Se desarrolló este miércoles la audiencia en la que se condenó a Aldana Ansaldi por los delitos de abandono de persona y privación ilegítima de la libertad en concurso ideal a la pena de 2 años de prisión de ejecución condicional y la inhabilitación por el plazo de 3 años para ejercer la función docente.
En los Tribunales Provinciales de San Lorenzo, la Jueza de Primera Instancia Dra. Strologo resolvió homologar el procedimiento abreviado presentado por la Fiscalía y aceptado por la Defensa. Se impusieron las siguientes reglas de conducta: fijar un domicilio y someterse al cuidado de la agencia de medidas no privativas de libertad, abstenerse de usar estupefacientes o de abusar de bebidas alcohólicas, prohibición de portar armas de todo tipo, inhabilitación para ejercer la función docente, someterse a régimen de tratamiento contra el consumo problemático de estupefacientes, bajo internación residencial, prohibición absoluta de acercamiento y/o cualquier tipo de contacto con las víctimas de la presente investigación y el cumplimiento de reparación para las víctimas.
El Fiscal Dr. Maximiliano Nicosia Herrero le atribuyó el hecho de fecha 31 de enero de 2025 y aproximadamente a las 16:30hs. En su carácter de titular de una ludoteca para niños en inmediaciones de Dorrego al 2100 de San Lorenzo y siendo la terapeuta de los niños, haber puesto en peligro la vida y la salud de los mismos retirándose del lugar y dejándolos solos, cerrando la puerta con llaves inhabilitando el egreso por al menos 45 minutos, colocando en situación de desamparo y abandonando a los niños siendo éstos incapaces de valerse, teniendo además el deber de cuidarlos.
Finalmente, personas logran ingresar al lugar y poder prestar auxilio a los niños. Asimismo se le atribuye en el contexto antes mencionado, la privación ilegítima de la libertad de los niños, al dejar bloqueados los accesos de ingreso y/o egreso.
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