En la sesión del Honarable Concejo Municipal de San Genaro fue aprobada la minuto de comunicación presentada por el Bloque Justicialista que habla de la quema reiterada que se produce en los basurales a cielos abiertos ubicados en la ciudad y el riesgo permanente a la salud de los vecinos.
Dicha minuta fue votada positivamente por todos los presentes en la sesión de este jueves, con la salvedad que Máximo Marconcini votó los primeros dos artículos de la minuta y no los últimos dos.
Es por esto que el Bloque Justicialista presentó en la sesión de este jueves una minuta de comunicación para también pedir información al Ejecutivo Municipal al respecto si se ha trabajado y/o programado a corto, mediano o largo plazo dar cumplimiento efectivo a la ordenanza municipal Nº 491/2016, la cual establece la erradicación definitiva de los basurales a cielo abierto.
Recordemos que desde el lunes, San Genaro está invadida por el humo que llega desde los basurales, tanto de la zona este como oeste, por incendios, que según confirman desde la municipalidad, son intencionales.
VISTO:
La quema reiterada que se produce en los basurales a cielos abiertos ubicados en la ciudad de San Genaro y el riesgo permanente a la salud de los vecinos. y
CONSIDERANDO:
Que, la sociedad sangenarina en su conjunto se encuentra alarmada y preocupada por la inminente contaminación ambiental que producen las quemas reiteradas en los basurales a cielo abierto, con los correlativos problemas de salud a los que conlleva los gases que emanan de la misma.
Que existe la ordenanza municipal 161/2010 Que “Prohíbe, terminantemente, tanto a personal municipal, como a toda persona externa a la misma, la quema indiscriminada de lo depositado en los basurales, (Ej.: Cubiertas, plásticos, cartones, minerales, restos de alimentos, vidrios, pilas, resinas, pesticidas, conservantes, desinfectantes, productos químicos, gasolina con plomo, aceites industriales, y otros), los cuáles despiden al medio ambiente (humo), en calidad de dioxinas, furanos, toxinas, metales pesados tóxicos y químicos tóxicos, con que son fabricados dichos elementos, altamente cancerigenos, como así también causantes de problemas de fertilidad y productores de cientos de trastornos orgánicos, contaminantes directos de todo lugar que se depositan definitivamente.” Por lo que repudiamos desde este seno toda acción violatoria de la presente normativa, vulnerando y perjudicando a todos los ciudadanos sangenarinos
Que existe ordenanza municipal 491/2016 Que expresa “El DEM deberá erradicar definitivamente los basurales a cielo abierto radicados en la ciudad de San Genaro, además de prohibir la instalación de otros de la misma índole.” En consonancia con lo que establece la Ley provincial Nº 13.055, “Constituye un objetivo prioritario la erradicación definitiva de los basurales a cielo abierto donde las localidades realicen la disposición final de residuos proveniente de la recolección domiciliaria, poda y otros como restos de construcción, electrodomésticos, cubiertas y cualquiera que determine la autoridad de aplicación”.
Que asimismo la Municipalidad de San Genaro, debe ingresar en un proceso irreversible de cambio en todo lo que hace al tratamiento de los residuos proveniente de los distintos sectores de la ciudad. Que ese cambio se debe efectuar, teniendo principalmente en cuenta la preservación del medio ambiente, a través de la implementación de un Plan de Recolección de Residuos Diferenciado, partiendo de la selección en el lugar de origen, con la separación de residuos orgánicos e inorgánico. Con campañas permanentes de concientización y divulgación en la población de las ventajas del sistema. Que para ello es necesario el cumplimiento efectivo de la normativa municipal 291/2012.
Por ello:
Los Concejales del Bloque Partido Justicialista, en uso de las facultades que le son propias, proponen el siguiente:
MINUTA DE COMUNICACIÓN:
ARTÍCULO 1º: Exprese a la comunidad nuestra adhesión al repudio total a todo acto vandálico y violatorio que transgredan la prohibición normativa de la quema indiscriminada de lo depositado en los basurales a cielos abiertos;
ARTÍCULO 2º: Adopte el DEM medidas preventivas tendientes a evitar la reiteración de la quema indiscriminada en los basurales a cielo abierto. Y acompañe informe de lo actuado.
ARTICULO 3º: Se exige al DEM el cumplimiento efectivo de la ordenanza municipal Nº 291/2012, la cual establece la implementación de un Plan de Recolección de Residuos Diferenciado.
ARTÍCULO 4º: Se solicita al DEM comunique a este cuerpo deliberativo si se ha trabajado y/o programado a corto, mediano o largo plazo dar cumplimiento efectivo a la ordenanza municipal Nº 491/2016, la cual establece la erradicación definitiva de los basurales a cielo abierto. Como así también se se están desarrollando tareas de saneamiento y reordenamiento de ambos basurales.
ARTÍCULO 5º: de Forma.
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